Aprobadas nuevas medidas del Programa de apoyo al sector vitivinícola para el periodo 2014-2018

 

El Consejo de Ministros ha aprobado, a propuesta del Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente, un Real Decreto para aplicar en España nuevas medidas del Programa de Apoyo al sector vitivinícola para el periodo 2014-2018, incorporando las nuevas medidas previstas en los reglamentos del Parlamento Europeo y del Consejo, aprobados en 2013.

Esta nueva norma viene a completar lo establecido en el Real Decreto aprobado el pasado 19 de julio de 2013, que recoge el conjunto de disposiciones que desarrollan el programa de apoyo del sector vitivinícola español para la aplicación del segundo Programa de Apoyo quinquenal presentado por España a la Comisión Europea para el periodo 2014-2018.

Como novedad del Segundo Programa destaca la eliminación de medidas del periodo quinquenal anterior, como la destilación de alcohol para uso de boca y la destilación de boca, derivadas de la eliminación de la normativa comunitaria que establecía su aplicación hasta 2012, y se incluyen modificaciones en las condiciones de aplicación de las medidas de promoción y de reestructuración y reconversión de viñedos.

En este contexto, el presente Real Decreto recoge como novedad la posibilidad de financiar, dentro de la medida de reestructuración y reconversión de viñedos, la replantación de viñedos en caso de arran- que obligatorio producido por motivos sanitarios o fitosanitarios. Para ello, se fijan las condiciones en las que dicha actividad se puede aplicar en España.

Además, se establecen las disposiciones para dar apoyo a la innovación con ayudas a las inversiones tangibles o intangibles para la transferencia de conocimientos, o la realización de operaciones preparatorias o de estudios piloto, destinados al desarrollo de nuevos productos relacionados con el sector del vino.

Asimismo, en este Real Decreto se establecen los requisitos y condiciones de financiación de España de la medida de cosecha en verde, que será activada por el Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente, a petición de una o varias Comunidades Autónomas, en caso de que se produzca un desequilibrio de mercado.

Fuente: El Correo del Vino

Real Decreto 1079/2014

 

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